Un alto organismo regulador de la privacidad de la Unión Europea dictaminó que las plataformas de Meta no pueden utilizar sus contratos con los usuarios de Facebook e Instagram para justificar el envío de anuncios basados en su actividad en línea, asestando uno de los mayores golpes a la industria de la publicidad digital.
La sentencia, anunciada el miércoles por la Comisión de Protección de Datos de Irlanda, impuso multas de 390 millones de euros a Meta, afirmando que la empresa violó las leyes de privacidad de la UE al decir que tales anuncios son necesarios para ejecutar contratos con los usuarios. Meta, la empresa matriz de Instagram y Facebook, dijo que no está de acuerdo con la sentencia y planea apelar tanto a ella como a las multas.
El litigio podría durar años, pero si las decisiones se confirman, podrían significar que Meta tendrá que permitir a los usuarios optar por no recibir anuncios que se basan en la forma en que los usuarios individuales interactúan con sus propias aplicaciones, algo que podría perjudicar a su negocio principal.
Las dos decisiones de Irlanda -una para Facebook y otra para Instagram- dan a la empresa tres meses para dejar de basarse en sus contratos con los usuarios para justificar su uso de los llamados anuncios de comportamiento, que se dirigen en función de la actividad en línea de un usuario. No obstante, Meta podría solicitar una suspensión de la ejecución de las decisiones a la espera de su recurso.